sábado, 1 de septiembre de 2018

LICENCIA SOCIAL




Ayer, el centro de la ciudad de Córdoba sufrió un embotellamiento de tránsito durante varias horas, debido a “El Punillazo”, como denominaron los organizadores de una protesta contra  la autovía en construcción en la ruta 38. Se alega que se producirá un ecocidio, ya que las obras se harán “sin reparar en la salud ambiental de los cursos de agua, de la flora y la fauna” (La Voz del Interior, 1-9-18).

Sin embargo, además de haberse celebrado una audiencia pública, las autoridades provinciales solicitaron un dictamen técnico a un instituto especializado, de la Universidad Nacional de Córdoba, que propuso varias modificaciones al proyecto original; con ese aval la Secretaría de Ambiente autorizó la obra que está a cargo de Vialidad Provincial. Con la nueva traza el tramo respectivo de la ruta 38 permitirá ahorrar una media hora en los viajes hasta Cosquín, con beneficios notables para los vecinos y el turismo. Por eso fue suscrito el proyecto por todos los intendentes  de la zona.

Los manifestantes, no obstante, insisten en su lema: “sin licencia social, no hay licencia ambiental”. Es otro caso de irracionalidad provocado por la ideología ecologista. Recordemos que, por primera vez, se esgrimió en nuestro país el concepto de licencia social, durante el conflicto con Uruguay por la construcción de una planta de fabricación de celulosa, que un grupo de ambientalistas consideró que sería gravemente contaminante para la ciudad argentina de Gualeguaychú. Greenpeace incentivó el reclamo, que generó incluso el corte ilegal de un puente internacional durante tres años.

El concepto de licencia social, consiste en la autorización para operar que debe ser otorgada por las comunidades que se van a ver afectadas por la construcción o instalación de una industria o empresa determinada. Esto implica que un grupo de ciudadanos, representados por las entidades ecologistas, pueden ejercer un derecho de veto ante una obra que implique un presunto daño ambiental, al margen del funcionamiento de los poderes del Estado y de la legislación vigente.

El conflicto mencionado terminó, con el fallo de la Corte Internacional de Justicia de La Haya, en abril de 2010; la Corte consideró que al margen de algunas deficiencias formales en el procedimiento por parte de Uruguay, la planta cuestionada utiliza una tecnología adecuada para el tratamiento de efluentes, y que no se ha probado que exista contaminación ambiental.

En conclusión, una correcta concepción del medio ambiente conlleva la  utilización racional de la naturaleza, sin absolutizarla. Como enseña el Magisterio de la Iglesia, debe rechazarse “una noción del medio ambiente inspirada en el ecocentrismo y el biocentrismo, porque ésta se propone eliminar la diferencia ontológica y axiológica entre el hombre y los demás seres vivos, considerando la biosfera como una unidad biótica de valor indiferenciado”. “Debe darse un mayor relieve a la profunda conexión que existe entre ecología ambiental y ecología humana”*.

  • Pontificio Consejo Justicia y paz. “Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia”; pp. 463 y 464.